A partir de esa fecha se sancionará por el incumplimiento de la norma, tras el periodo de tres meses de adaptación en el que, tal y como recoge la ordenanza, las personas que han cometido infracciones no han sido sancionadas.

Durante este periodo se ha procedido al envió aleatorio de cartas informativas avisando a los conductores de la infracción cometida. En la gran mayoría de los casos las misivas han sido remitidas a los propietarios de los vehículos que con más frecuencia han accedido de forma indebida a la ZBE.

La regulación se aplica los días laborables, de lunes a viernes, de 07.00 a 20.00 horas. Los vehículos 0, Eco y C no están afectados por la ZBE. Los vehículos A o sin etiqueta no pueden acceder a la ZBE desde su entrada en vigor, mientras que los vehículos B cuentan con un año de moratoria (hasta el 15 de junio de 2025).

Quedan exentos los vehículos de las personas residentes empadronadas en la ZBE antes del 15 de junio de 2024, los vehículos que transporten a personas con movilidad reducida, los vehículos históricos y los ciclomotores de menos de 50 cc y con una velocidad máxima por construcción de 45 km/h, así como los vehículos de emergencias y esenciales.

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